por Carlos Javier Bugallo Salomon
Ante el desconocimiento popular existente sobre este tipo
de activos financieros, hemos creído conveniente escribir estas líneas, que a
buen seguro agradecerán aquellos que, bien por curiosidad o bien por haberse
visto afectados por la estafa bancaria perpetrada con los mismos, necesitan de
información precisa, sencilla y veraz.
Empecemos por hablar del ahorro. ¿Qué hace una
persona cuando ahorra una cantidad de dinero? Puede guardar este dinero en
casa, reservándolo para cuando lo necesite en un futuro. O bien puede invertirlo,
es decir utilizarlo para comprar un bien económico que genere un dinero extra o
rendimiento. A estos bienes económicos se les llama activos.
Existen dos clases de activos. Por un lado, tenemos los activos
reales o tangibles, como por ejemplo las máquinas, la tierra agrícola y
los edificios, todos ellos capaces de generar un rendimiento periódico:
beneficio industrial, renta agraria o renta de arrendamiento. Por otro lado,
tenemos los activos financieros, que son un título o simplemente
una anotación contable, por el que el inversor adquiere el derecho a recibir un
ingreso futuro de parte del vendedor. Por ejemplo, cuando ingresamos una
cantidad en un banco a plazo fijo, el banco anota a nuestro favor un
pasivo en su balance, que generará un rendimiento futuro (interés) previamente
acordado con el cliente; una vez termine el plazo por el que el cliente se
comprometió a mantener el depósito (vencimiento), este podrá retirar si lo
desea la cantidad depositada. Mientras tanto, el banco utilizará este dinero
para realizar préstamos a un interés superior
al que él remunera nuestra cuenta a plazo fijo, y de ahí procede el
beneficio bancario.
Pero existen otros activos financieros también en
circulación, a los que se les denomina títulos o valores. Básicamente,
se pueden reducir a tres tipos: capital, deuda y derivados. Los derivados son
unos valores muy sofisticados y que nada tienen que ver con las participaciones
preferentes, pero los otros dos sí, por lo que vamos a explicarlos en seguida.
Los instrumentos de deuda (bonos) los emite
cualquiera que pide prestado: empresas, gobiernos e individuos. Por tanto,
entre estos activos se encuentran bonos corporativos y del Estado, así como
pagarés o letras de cambio. Los instrumentos de deuda también se conocen como instrumentos
de renta fija, porque prometen pagar sumas fijas (intereses) de
efectivo en el futuro. Por otro lado, el vencimiento de un instrumento
de renta fija es el periodo que transcurre hasta que se devuelve la cantidad
prestada. Así, un bono de 1000 euros con vencimiento anual, al 5% de interés,
promete pagar a su comprador 1000 euros al cabo de un año, más 50 euros de
intereses (5% de 1000).
El capital es el derecho de los
propietarios de una empresa. Los valores de capital emitidos por compañías se
llaman acciones ordinarias. Se compran y se venden en el mercado de
valores (Bolsa). Cada acción ordinaria da derecho a su tenedor a una participación
igual en la propiedad de la empresa. En casos típicos, cada acción da derecho
al mismo monto de rendimientos y a un voto en asuntos de control de la
compañía.
Las acciones ordinarias representan un derecho
residual sobre los activos de la compañía. Los propietarios de estas
acciones tienen derecho a cualquier activo de la compañía que sobre después de
hacer frente a todas las obligaciones financieras de la empresa. Al rendimiento
ofrecido por las acciones se le denomina dividendo. Estos pagos de dividendos
no son obligatorios por contrato y, por tanto, no se llaman pagos de intereses.
La junta directiva de la empresa determina a su criterio el pago de estos
dividendos, en función del comportamiento económico de la empresa: pueden ser
altos, bajos o nulos. Por ello las acciones se conocen también como renta
variable.
Estos instrumentos financieros (deuda y capital) fueron
una invención de las empresas y de los Estados para acceder directamente al
ahorro de los particulares sin necesidad de pedírselo a los bancos, los cuales
por el hecho de intermediar entre ahorradores e inversores cobran su comisión;
y esto se traduce, por tanto, en mayores tipos de interés a pagar por estos
inversores. Por ello, se denomina a la emisión de acciones y de bonos como una
estrategia de desintermediación financiera.
Sin embargo, los bancos terminaron por sacar partido
también de la venta de estos títulos financieros, ofreciéndoselos a sus
clientes y llevándose una comisión por ello. De modo que, al final de este
proceso, los bancos vendían a los ahorradores modestos y con poca cultura
financiera cuentas a plazo fijo y bonos corporativos o estatales, y a los
grandes ahorradores, con más cultura financiera y con menos aversión al riesgo,
acciones que pagan un dividendo variable.
En este momento estamos ya en condiciones para entender
qué son las participaciones preferentes. Para ello, consultemos la información
que nos proporciona el Banco de España sobre estos títulos financieros:
“Participaciones preferentes: También denominadas, cuando
las emite una sociedad extranjera, acciones preferentes. Son un instrumento
financiero emitido por una sociedad que no otorga derechos políticos al
inversor, ofrece una retribución fija (condicionada a la obtención de
beneficios) y cuya duración es perpetua, aunque el emisor suele reservarse el
derecho a amortizarlas a partir de los cinco años, previa autorización del
supervisor (en el caso de las entidades de crédito, el Banco de España).
Son los últimos inversores en
cobrar en caso de quiebra de la entidad, sólo antes de los accionistas.
En el pasado eran emitidas por
filiales instrumentales radicadas en el extranjero –fundamentalmente centros offshore
-, pero desde 2003 está regulada su emisión desde territorio español.”[1]
Sin duda el
lector habrá empezado a ver la luz. Las participaciones preferentes son un producto
financiero híbrido: no es más que una inversión de capital (acciones) que
produce unos rendimientos fijos (al igual que los bonos). No otorga derechos
políticos al inversor, esto es no se puede participar con derecho a voto en las
juntas de accionistas. Y el pago de sus rendimientos debe hacerse antes de que
la empresa pague cualquier dividendo a los tenedores de acciones ordinarias. En
este sentido, tienen preferencia sobre estas últimas.
Es importante
destacar que el pago de los rendimientos fijos, en el caso de la
participaciones preferentes, está condicionado a la obtención de beneficios. Si
fueran bonos, el acreedor podría exigir, en caso del impago de los intereses,
la liquidación y venta de activos de la empresa que los emitió para el cobro de
esos intereses.
Ahora vemos
por qué los pequeños ahorradores que invirtieron en participaciones preferentes
se sienten engañados. Al ofrecer un rendimiento fijo, lo asociaron a los
productos de toda la vida ofrecidos por los bancos: cuentas a plazo y bonos
corporativos o estatales. A esta confusión contribuyó el hecho, de que la banca
española denominase a este producto como participaciones preferentes y no
acciones preferentes, que es como se conocen en el extranjero. También sabemos
que los bancos no hicieron nada para informar adecuadamente a sus clientes a
este respecto.
Cuando
estalló la crisis financiera actual (2008), el valor de las acciones que
cotizan en Bolsa empezó a caer en picado. De modo que, si los propietarios de
participaciones preferentes querían recuperar su dinero, debían vender sus
títulos a un valor sensiblemente más bajo del que a ellos les costó adquirirlos. De ahí que además
de engañados se consideren estafados, pues se les ha causado un daño
patrimonial lesivo a sus intereses.
La estafa se descubrió
cuando, debido a la crisis económica, los ahorradores no pudieron recuperar el
dinero invertido. En unos casos esto se produjo porque ante el
creciente y persistente nivel de desempleo, muchos hogares tuvieron que
liquidar (vender) sus activos financieros para disponer de liquidez para sus
gastos habituales. En otros casos, la estafa se descubrió cuando bancos y cajas
de ahorros entraron en situación de pérdidas y suspendieron el pago de los
dividendos: el cliente descubrió repentinamente que no percibía los intereses
pactados con la periodicidad habitual.
Hasta ahora
hemos examinado las participaciones
preferentes desde la perspectiva del comprador, pero ¿qué
ventaja suponía este tipo de activo financiero para las entidades emisoras en
comparación con otros productos? ¿Qué les llevó a emitir y comercializar
masivamente este producto entre ciudadanos de baja o nula cultura financiera?
Hemos
encontrado un buen análisis de la cuestión en un artículo que consignamos más
abajo[2] y que
pasamos a resumir. Las participaciones preferentes computan como capital bancario, ya
que se trata de dinero obtenido a perpetuidad, ventaja de la que carecen los
depósitos aplazo. Así, es una fuente de financiación mucho más estable para una
entidad financiera de lo que puedan ser los depósitos a plazo. A efectos de
cumplir con los requisitos de solvencia establecidos en los Acuerdos de
Basilea, que establecen un mínimo de ‘fondos propios’ (el capital más reservas
acumuladas y detraídas de los beneficios) para el funcionamiento de las
empresas bancarias, resulta ser un instrumento muy atractivo para un banco o
una caja de ahorros. Y especialmente para estas últimas que, al contrario que
la banca y por razones legales, no pueden emitir otros activos estables
(perpetuos) como puedan ser las acciones ordinarias.
El intenso
crecimiento del crédito durante el boom inmobiliario (1999 – 2007) dejó
exhaustos los recursos de las cajas de ahorros: necesitaban cada vez mayor
financiación y además financiación estable, con vocación de permanencia, que
computase como ‘fondos propios’ y les permitiera no sólo financiarse sino
también cumplir las normas de Basilea. Y el boom inmobiliario implicaba
inversiones con plazos de recuperación muy largos: préstamos hipotecarios a 25
o 30 años; adquisición de terrenos para urbanizar y construir, negocio que
implica también un largo periodo de maduración, etc.
Además, los gobiernos españoles que han tenido que lidiar con la actual crisis económica, tanto el del Sr. Zapatero (PSOE, 2004–2011) como el del Sr. Rajoy (PP, 2011–), promovieron reformas financieras con la pretensión de recuperar el crédito internacional para las entidades financieras españolas. En opinión de estos gobiernos (probablemente instada por el Banco de España), una aplicación exigente de los Acuerdos de Basilea contribuiría a dotar de más solvencia y transparencia a dichas entidades. Y entre estos acuerdos, era de especial importancia el cumplimiento del ratio de ‘fondos propios’ entre el total de recursos: el llamado “core capital” (capital principal). Había que elevar el “core capital” y para ello era imprescindible aumentar la dotación de recursos propios en el pasivo de las entidades financieras.
Las entidades
financieras españolas emitieron y vendieron cerca de 30.000 millones de euros
en participaciones preferentes desde 1999. Este producto, un instrumento
complejo y de riesgo elevado para los inversores, fue ofrecido a los clientes a
través de sucursales de 52 cajas y bancos, en muchos casos hasta principios de
2011.[3]
Llegamos así
al final del asunto. Un asunto turbio que trata de codicias y engaños de
banqueros sin escrúpulos, en el que se vieron involucrados niños y discapacitados,[4] y en
el que se calcula que se han visto afectadas un millón de personas.[5] Un
asunto que trata, en fin, de un grupo de hombres que un pensador tildó en el
pasado de ‘honorables bandidos’.[6]
[2] J.
Bellod Redondo: "Participaciones preferentes: la
nefasta experiencia española" , en Contribuciones a la Economía, Julio 2012.
Disponible en http://www.eumed.net/ce/2012
[3] El País, 22 de
Abril de 2012. Disponible en http://economia.elpais.com/economia/2012/04/20/actualidad/1334952591_156318.html
[4] El
País, 30 de Junio de 2012. Disponible en http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/06/30/galicia/1341082735_237147.html
735_237147.html
[5] El País, 5 de Julio
de 2012. Disponible en
http://economia.elpais.com/economia/2012/07/04/actualidad/1341424932_821068.html
[6] Karl Marx: El
Capital, Madrid, ed. Akal,
2000, vol. 2, p. 286.